Violencia de género refiere a la violencia que afecta a las mujeres por el solo hecho de serlo: a libertades restringidas, a coerción y amenazas que se manifiestan en violencia psicológica, física, sexual, patrimonial, etc. y que no siempre se muestran como tales, siendo reforzadas desde la cotidianidad.
Hasta hace algunos años, la violencia hacia las mujeres había sido considerada un asunto privado; hoy, se reconoce como un problema de salud pública que genera la conculcación de derechos humanos.
Un orden social que privilegia al hombre y somete a la mujer, requiere una respuesta integral: un compromiso de toda la sociedad. Como tema de derechos humanos, los poderes públicos están obligados a asumir una participación activa en la toma de decisiones y soluciones.
En el enfrentamiento de esta clase de violencia -manifestación de una desigualdad estructural- las condiciones de vulnerabilidad de la mujer y las situaciones de riesgo que pueda enfrentar, toman gran importancia en la eficacia de una respuesta judicial objetiva.
El derecho penal costarricense asume el reto de responder a tan grave y complejo fenómeno, seleccionando los comportamientos penalmente relevantes, reprimiendo las conductas punibles y motivando a la sociedad de abstenerse de realizar tales conductas.
En la política pública y la de persecución criminal, ha sido esencial el reconocimiento y la protección que desde el ámbito del derecho internacional se ha dado en las últimas décadas, plasmadas en Convenciones Internacionales específicas. La Resolución número 48/104 de la ONU para la Eliminación de la Violencia Contra las Mujeres declara que la violencia contra las mujeres incluye cualquier acto de violencia de género que resulte, o puede resultar, en el sufrimiento o daños físicos, sexuales o psicológicos de la mujer, e incluye las amenazas de tales actos, la coerción y privación arbitraria de la libertad, sin importar si ocurren en la vida privada o pública.
Fue en la Conferencia Mundial sobre la Mujer, celebrada en
Pekín en el año 1995, en donde se acuñó el término violencia de
género, considerando que “la violencia contra la mujer impide el
logro de los objetivos de la igualdad de desarrollo y Paz, que
viola y menoscaba el disfrute de los deberes y derechos
fundamentales” e insta a los Gobiernos a adoptar medidas
para prevenir y eliminar esta forma de violencia.
El género es lo que nos ayuda a conceptualizar la violencia en
los términos necesarios para desarrollar estrategias de
transformación personal y social tendentes a su eliminación.