Sala Tercera

ÍNDICE DE DESCRIPTORES SOBRE
RESPONSABILIDAD CIVIL

DESCRIPTORES QUE INICIAN CON LA LETRA I

Ilícito civil
Cuando el artículo 1046 del Código Civil establece la obligación solidaria de los partícipes – autores o cómplices y sus herederos – de reparar los daños y perjuicios ocasionados en razón de un delito o cuasi delito, se está refiriendo no a la obligación reparatoria por su participación en un delito penal, sino a la participación del obligado dentro del ilícito civil – doloso o culposo -. N° 822-2003 de las 10:50 horas del 22 de septiembre de 2003.

Incidente
De nulidad. Exclusión del estado como actor civil sin notificaciones correspondientes. N° 265-F-91 de las 8:57 horas del 14 de junio de 1991.

Intereses
Momento a partir del cual deben computarse los intereses. Se reitera la sentencia 1195-98. N° 745-2003 de las 8:55 horas del 29 de agosto de 2003.

Intereses
Pago a partir de la firmeza del fallo.  N° 652-97 de las 15:40 horas del 8 de julio de 1997.

Intereses
Pago a partir del momento en que se empieza a generar el perjuicio por la imposibilidad de emplearlo.  N° 571-97 de las 9:15 horas del 13 de junio de 1997.

Intereses
Acción civil. Pago de intereses. Análisis de su procedencia. Momento a partir del cual corren. N° 566-F-92 de las 8:30 horas del 27 de noviembre de 1992.

Intereses
Legales. Obligación de fundamentar la condenatoria a su pago. N° 485-F-92 de las 8:40 horas del 23 de octubre de 1992.

Intereses
Prescripción de intereses. N° 480-F-91 de las 11:30 horas del 13 de septiembre de 1991.