San José, 09 de julio del 2001
Estimada
Licenciada:
En relación con la solicitud de estudio Nº 8465-00 del 17 de agosto del año pasado, me permito manifestarle que la Comisión de Asuntos Penales rinde el informe que se solicita en los siguientes términos:
El Licenciado Óscar Vindas Arguedas, Gerente de la Aduana de Peñas Blancas, ha planteado diversas inquietudes y recomendaciones en torno al trámite de algunas causas penales por contrabando de bienes, manifestando su preocupación por cuanto, a su juicio, los Tribunales no coordinan con las oficinas aduanales, designan como depositarios a personas que luego desaparecen los bienes y nombran peritos valuadores que carecen de los conocimientos esenciales para rendir dictamen (v. gr.: guardias rurales).
Sobre
el particular, estima la Comisión que las inquietudes que plantea el
Licenciado Vindas ameritan ser atendidas y sería aconsejable que la Corte
publique una circular haciendo ver tanto al Ministerio Público como a los
despachos jurisdiccionales involucrados en el conocimiento de este tipo de
causas, lo siguiente:
1)
En
los procesos por contrabando u otros tipos de delitos fiscales, la
designación de peritos valuadores de los bienes deberá recaer en personas
que posean notoria aptitud y conocimientos para rendir el dictamen requerido;
2)
Las
oficinas aduanales podrán asumir el depósito de los bienes, a través de los
funcionarios que dichas aduanas designen para tal efecto y previa
coordinación con ellas. En tal
caso, así como cuando se nombre a otras personas, habrán de adoptarse las
previsiones necesarias para asegurar que los bienes se hallarán a
disposición de los Tribunales y que no serán alterados, sustraídos,
enajenados u ocultados.
Con
toda consideración le saluda y suscribe,
Presidente
de la Comisión de Asuntos Penales
cc:
Archivo.
DGA/vic