Oficio N° 119-99
San José, 6 de diciembre de 1999
Licenciado
Guido Romero Zúñiga
Inspector
Judicial del Tribunal de la
Inspección Judicial
Estimado
señor:
En
relación con su nota de fecha 3 de marzo de 1999, en la cual consulta a esta
Comisión sobre las normas de prescripción aplicables en materia
contravencional, me permito informarle lo siguiente:
Mediante
oficio de fecha 3 de marzo de 1999, el Lic.
Guido Romero Zuñiga, Inspector
Judicial, consulta si al procedimiento contravencional le es aplicable únicamente
el artículo 31 del Código Procesal Penal, o si se la aplica también el artículo
33 del mismo cuerpo normativo, en lo relativo a la prescripción. Igualmente consulta si se puede ordenar el archivo definitivo de un proceso contravencional cuando es
imposible de tramitar porque: a) hay partes policiales incompletos, b) no se
ubica a los ofendidos, c) no se ubica al imputado, d) no se exponen los motivos en forma clara.
Con
respecto a la primera consulta es menester afirmar que no hay ninguna razón
lógica ni jurídica para dejar de aplicar el artículo 33 del Código Procesal
Penal al proceso contravencional. Esa norma forma parte del capítulo titulado “Acción
Penal”, que contiene normas generales aplicables no sólo al procedimiento
ordinario, sino a todos los procedimientos especiales, salvo norma expresa en
contrario que en el caso de las contravenciones no existe.
En cuanto al “archivo definitivo”, dicha figura no está contemplada
en nuestro sistema procesal penal. Sin
embargo, se podría obtener la finalidad deseada aplicando analógicamente los
artículos 282, 297 y 298 del Código Procesal Penal , que consistiría una
analogía in bonam partem en
consonancia con la regla de interpretación contenida dentro del artículo 2 del
mismo código, ordenando la desestimación del proceso contravencional, y su
consecuente archivo, que no sería definitivo, pudiendo reabrirse la investigación
si surgieran elementos que corrigieran los defectos señalados por el
consultante.
Con
toda consideración le saluda y suscribe,
Daniel
González Alvarez
Presidente de la Comisión de
Asuntos Penales