COMUNICADO
DE PRENSA
Sala
Constitucional
DENUNCIA
POR SITUACIÓN DE QUEBRADA DEBE RESOLVERSE
• Caso de
Quebrada Las Pavas en San José.
• Tribunal Ambiental Administrativo debe resolver de forma definitiva.
Resolver
definitivamente la denuncia interpuesta por un vecino de la San José, desde el
2007, por los problemas de contaminación y desvío de cause que registró la
quebrada Las Pavas en San José, fue lo que ordenó la Sala Constitucional al
Tribunal Ambiental Administrativo.
El Alto Tribunal Constitucional declaró con lugar el recurso de amparo que
presentó un vecino de lugar, por lo que el órgano ambiental deberá actuar en
este caso.
“Se ordena a José Lino Chaves López, en su condición de Presidente del Tribunal
Ambiental Administrativo, o a quien ocupe su cargo, girar las órdenes necesarias
para que se resuelva en forma definitiva, la denuncia que se tramita bajo el
expediente número 187-08-01-TAA y se le notifique lo pertinente dentro del
término improrrogable de QUINCE días contados a partir de la notificación de
esta sentencia. Lo anterior, bajo la advertencia que de no acatar la orden
dicha, incurrir en el delito de desobediencia y, que de conformidad con el
artículo 71 de la Ley de esta jurisdicción, se le impondrá prisión de tres meses
a dos años, o de veinte a sesenta días multa, a quien recibiere una orden que
deba cumplir o hacer cumplir, dictada en un recurso de amparo y no la cumpliere
o no la hiciere cumplir, siempre que el delito no esté‚ más gravemente penado”,
estableció la sentencia 2010-1130.
El amparo lo presentó un hombre de apellido Hernández Chacón contra el Tribunal
Ambiental Administrativo ante la falta de respuesta a la denuncia planteada en
el año 2007.
Señaló que en su momento expuso la problemática ante el Ministerio de Ambiente,
Energía y Telecomunicaciones (MINAET), porque se varió el curso de la Quebrada
Las Pavas en San José, situación que se une al incremento de escombros, desechos
y otros materiales al cause del río.
El recurrente indicó que se realizó una inspección ocular en la zona por parte
de la Oficina de San José del MINAET, cuyo informe lo remitió al Tribunal
recurrido. Alegó que pese a que el Tribunal Ambiental en una primera resolución
bajo el expediente 187-08-01-TAA solicitó información del caso a la
Municipalidad de San José y otras entidades involucradas, así como de una nueva
inspección ocular que se realizó el 28 de octubre del 2008, no se procedió a la
sentencia final, pese a que en el expediente se han formulado denuncias nuevas
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Poder Judicial
18 de Febrero 2010